Vistas de página en total

viernes, 20 de septiembre de 2013

El guarda de cotos de caza




Es la persona que generalmente tras haber adquirido la 
habilitación necesaria, ejerce las tareas de vigilancia del 
recurso cinegético en uno o varios cotos de caza.


Sus funciones sólo se desarrollan en terrenos de aprovechamiento cinegético especiales y son las siguientes:
Vigilancia de la caza y su hábitat.
Colaboración en la ejecución y seguimiento de los planes técnicos de caza.
Auxilio a la autoridades medioambientales en la conservación de los ecosistemas y de las especies de flora y fauna silvestre.
de la Comunidad Autónoma también en la prevención y 
extinción de los incendios forestales y en la denuncia de 
cuantos ilícitos penales y administrativos observe en el 
ejercicio de sus funciones.

Todo esto se puede resumir en las siguientes categorías
Funciones de naturaleza cinegética: 
Gestión y policía de la caza.
Funciones de naturaleza medioambientales: 
Conservación de los ecosistemas, de las especies de flora y fauna silvestres, y vigilancia de los hábitats.
Funciones de naturaleza forestal: Vigilancia de los hábitats de naturaleza forestal, y especialmente colaborar en la prevención y extinción de los incendios forestales.

No hay comentarios:

Publicar un comentario